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miércoles, 12 de septiembre de 2012

SUBSIDIO DE TRANSPORTE PARA POBLACIÓN CON DISCAPACIDAD ES UNA REALIDAD


En acto protocolario el alcalde Mayor de Bogotá, Gustavo Petro Urrego, sancionó ayer 11 de Septiembre el Decreto 429 que establece la tarifa diferencial en el Sistema Integrado de Transporte Público para la población con discapacidad.

La norma reglamenta el Acuerdo Distrital 484 de 2011 para la aplicación de un subsidio que reduce en un 15 por ciento la tarifa de transporte público para la población en condición de discapacidad de la capital de la República, durante la presente vigencia, con incrementos anuales de 5 puntos porcentuales hasta llegar al 40% en el año 2017.

La reducción de la tarifa de Transmilenio para personas en condición de discapacidad será de $255 (Hora Pico) y $210 (Hora Valle).

Para acceder a este subsidio el beneficiario deberá presentar un certificado en el que conste que la persona hace parte de los 189 mil inscritos en la base de datos de la Secretaría de Salud para personas en condición de discapacidad.

La entrega del medio de uso personalizado se iniciará en un mes y medio de expedido el Decreto y entrará a regir en primera instancia para los buses del Sistema Transmilenio y se aplicará posteriormente en los buses del Sistema Integrado de Transporte Público.

Las personas que estando inscritas y presenten inconsistencias en el nombre y número de la cédula, podrán actualizar sus datos en el citado registro sin que esto se considere una nueva inscripción.

El Decreto reza que los efectos del presente Decreto cobijan a todas las personas con deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo, que al interactuar con entornos sociales, económicos, políticos y demás, encuentran diversas barreras que puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad.

La calidad de beneficiario se suspenderá en los siguientes casos:
  • Cuando se compruebe que el medio de uso del subsidio no presenta ningún tipo de transacción por dos meses continuos.
  • Cuando el solicitante se encuentre identificado como propietario de vehículos automotores en territorio nacional o inscrito en el registro de la Secretaría Distrital de Movilidad para circular sin aplicación de las restricciones de circulación.
  • Cuando el beneficiario así se lo solicite a la Secretaría Distrital de Movilidad.

La medida se aplica legalmente desde ya pero va ser reglamentada en la forma como se le entrega las tarjetas a cada persona en máximo mes y medio. Esto con el fin de evitar cualquier tipo de fraude, señalo el alcalde Gustavo Petro. Y entrará a regir en primera instancia para los buses del Sistema TransMilenio y se aplicará posteriormente en los buses del Sistema Integrado de Transporte Público.
  
A partir de julio de 2013, todos los inscritos en el Registro Para la Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad en Bogotá deberán acreditar por parte de las Empresas Promotoras de Salud (EPS) y demás Empresas Administradoras de Beneficios (EAPB), su condición permanente o de largo plazo, de acuerdo con las directrices emitidas por la Secretaría de Salud.

Felicitaciones a toda la Mesa Distrital de Discapacidad que tras varios años de lucha incansable hoy se ven los resultados. A Nelson Julián Villamizar, Leydy Natalia Moreno, María Victoria Rodríguez, Jesús Alberto Galindo, y a todos los que han contribuido a que esta justa causa sea una realidad.

Carlos Augusto Cubillos Romero
cubillos52@gmail.com

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